Mercantil

Cuánto cuesta crear una SL: el desglose real, concepto a concepto

9 min de lectura Juan M. Vidal Boso, abogado mercantil

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Escritura de constitución de una sociedad limitada sobre una mesa de despacho
Los aranceles de notaría y Registro están tasados por ley; el resto de la factura depende de cómo se plantee la constitución.

Constituir una sociedad limitada cuesta cien euros en aranceles si se hace por la vía exprés —estatutos tipo y capital de hasta 3.100 €, con los importes del art. 5.Dos del RDL 13/2010—, más el capital que aportes y los honorarios de quien lo tramite. Esa es la respuesta corta. La larga es la que importa, porque la mayoría de las sorpresas no vienen de los aranceles, que están tasados, sino de decisiones que se toman en los primeros diez minutos y se pagan durante años.

En España se crearon 127.533 sociedades mercantiles en 2025, y el 98,6 % fueron limitadas (INE). Es el vehículo por defecto para montar una empresa, y también el que más veces se constituye con prisa: estatutos de plantilla, un objeto social copiado, un capital elegido sin pensar. Nada de eso encarece la escritura, pero sí encarece la primera modificación, la primera entrada de un socio o el primer problema entre dos.

Aquí está el desglose por conceptos, qué es fijo y qué no, y dónde se va el dinero de verdad.

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Qué se paga al constituir una sociedad limitada

La factura tiene cuatro bloques, y solo uno está fijado por ley:

Concepto¿Es fijo?De qué depende
NotaríaSí en la vía exprésEstatutos tipo y capital; si no, arancel oficial por capital
Registro MercantilSí en la vía exprésIgual que la notaría
Capital socialNoLo decides tú; no se gasta, se aporta
Honorarios profesionalesNoDe si son estatutos tipo o a medida

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Notaría: la escritura de constitución

El notario da fe de la constitución y otorga la escritura. Cuando la sociedad se constituye con estatutos tipo y un capital que no supera los 3.100 €, el arancel está tasado: 60 €. Los importes están en el artículo 5.Dos del Real Decreto-ley 13/2010, al que se remite el RD 421/2015. Si la constitución es telemática pero no encaja en ese tramo reducido, la referencia del mismo artículo sube a 150 € de notaría. Y con estatutos a medida o más capital, el arancel se calcula según la escala oficial en función del capital, y deja de ser una cifra redonda.

Registro Mercantil: la inscripción

La sociedad no existe hasta que se inscribe. En el mismo supuesto exprés, el arancel registral es de 40 €. Sumado a la notaría, ahí están los cien euros de los que todo el mundo habla. Fuera de ese tramo, la referencia registral de la constitución telemática general es de 100 €. Conviene entender que los 100 € totales son el suelo de un supuesto concreto, no el precio de constituir cualquier sociedad.

Capital social: cuánto hay que aportar

Desde la Ley 18/2022 el capital mínimo de una SL es de 1 euro. Ahora bien, mientras no se alcancen los 3.000 € hay que destinar a reserva legal una parte del beneficio y los socios responden solidariamente de la diferencia si la sociedad se liquida sin patrimonio suficiente. El capital no es un gasto: entra en la sociedad y se queda ahí para operar. Constituir con un euro es legal; hacerlo sin pensar qué necesita la empresa para arrancar es otra cosa.

Honorarios: quién lo tramita y con qué alcance

Aquí está la variable real. No es lo mismo tramitar una constitución exprés con estatutos tipo que redactar estatutos a medida, definir un objeto social que aguante el crecimiento del negocio y prever cómo entran o salen los socios. En NLP el presupuesto se cierra en la primera consulta, antes de empezar, y separa honorarios de gastos de terceros para que sepas qué es cada euro.

Reparto de los conceptos que se pagan al constituir una SL ARANCELES TASADOS · 100 € en la vía exprés Notaría · 60 € Registro · 40 € NO ES GASTO · lo aportas tú Capital social · desde 1 €, entra en la sociedad VARIABLE · la única partida que negocias Honorarios profesionales · según el alcance
Reparto de la factura de constituir una SL. Los aranceles están tasados y en la vía exprés suman 100 € (60 € de notaría y 40 € de Registro). El capital social no es un gasto: se aporta y se queda en la sociedad. Los honorarios son la única partida variable.

Los gastos que casi nadie cuenta al principio

  • Certificación negativa de denominación: reservar el nombre en el Registro Mercantil Central tiene su tasa y su caducidad.
  • Certificado bancario del desembolso, cuando se aporta capital en dinero y el banco lo exige.
  • Aportaciones no dinerarias: si aportas bienes en lugar de dinero, hay que describirlos y valorarlos, y eso añade trabajo.
  • Libros y cuentas: desde el primer ejercicio hay que legalizar libros y depositar cuentas anuales. No es coste de constitución, pero llega antes de lo que se espera.
  • Alta en el RETA del administrador con control efectivo: constituir una SL no libra de cotizar como autónomo.

Cuánto se tarda en tener la sociedad operativa

Con estatutos tipo y todo en orden, el circuito telemático permite firmar y presentar en pocos días. Con estatutos a medida el plazo depende de la agenda notarial y de la calificación registral. Y entre «inscrita» y «operativa» hay un tramo que la gente olvida: obtener el CIF definitivo, presentar el alta censal y, según la actividad, tramitar licencias. Lo desarrollamos paso a paso en constitución de sociedad limitada.

Pasos y trámites para constituir la sociedad

El circuito es siempre el mismo, y conocerlo ayuda a saber en qué punto se paga cada cosa:

  1. Certificación negativa de denominación. Se pide al Registro Mercantil Central y reserva el nombre. Sin ella no hay escritura.
  2. Aportación del capital. En dinero, con el justificante bancario; o en bienes, describiéndolos y valorándolos en la escritura.
  3. Redacción de los estatutos. Tipo o a medida. Es la decisión que más condiciona el resto.
  4. Escritura pública ante notario. Firman los socios y el notario da fe.
  5. Inscripción en el Registro Mercantil. Aquí nace la personalidad jurídica.
  6. Alta censal y CIF definitivo. Sin esto no se puede facturar.
  7. Alta en el RETA del administrador con control efectivo, si procede.

Los requisitos de fondo son pocos: al menos un socio, un capital aportado, un objeto social lícito y determinado, un domicilio en España y un órgano de administración. Todo lo demás es procedimiento.

Constituir la SL por vía telemática

Se puede hacer todo el circuito de forma electrónica desde un Punto de Atención al Emprendedor (PAE), que tramita el Documento Único Electrónico a través del sistema CIRCE. El PAE envía la solicitud de denominación, concierta la cita notarial y remite la escritura al Registro sin que tengas que ir presentando papeles.

La vía telemática es la que da acceso a los aranceles reducidos cuando además se usan estatutos tipo y el capital no supera los 3.100 €. Su límite es justamente ese: funciona bien para sociedades estándar. Si tu caso tiene socios con pactos particulares, aportaciones no dinerarias o un objeto social complejo, el ahorro de tramitación se paga en rigidez.

SLU y SLNE: ¿cambia el coste?

Sociedad limitada unipersonal (SLU)

Es una SL con un único socio. No cuesta más constituirla: los aranceles y los trámites son los mismos. Lo que añade son obligaciones de publicidad —la unipersonalidad se hace constar en el Registro y en la documentación de la sociedad— y un régimen específico para los contratos entre el socio único y la sociedad, que deben documentarse.

Sociedad limitada nueva empresa (SLNE)

Es una modalidad pensada para la constitución exprés, con estatutos orientativos, denominación formada a partir del nombre de un socio y límites de socios y de objeto. Nació para agilizar, pero desde que la SL ordinaria admite estatutos tipo y tramitación telemática, la SLNE ha perdido buena parte de su ventaja. Antes de elegirla conviene comprobar si sus restricciones encajan con lo que quieres hacer.

Constituirla sin gestoría: qué implica

Es posible y perfectamente legal. Un PAE puede tramitar la constitución telemática de una sociedad estándar, y hay servicios online que la ofrecen a precio cerrado. Lo que compras al delegar en un profesional no es el trámite, que está bastante automatizado: es el criterio sobre qué poner en los estatutos, cómo definir el objeto social y cómo repartir el poder entre socios.

La regla práctica: si eres socio único, con una actividad clara y sin planes de dar entrada a nadie, la vía estándar te sirve. Si hay dos o más socios, si va a entrar inversión o si la actividad no encaja en un objeto social de catálogo, la constitución barata sale cara en la primera modificación.

Qué cuesta mantener la sociedad cada año

Constituir es un pago único; mantener, uno recurrente, y esa parte casi nunca aparece en las comparativas. Una SL obliga a:

  • Llevar contabilidad conforme al Código de Comercio, no un simple libro de ingresos y gastos.
  • Legalizar los libros en el Registro Mercantil cada ejercicio.
  • Formular y depositar las cuentas anuales, con su publicación en el Registro.
  • Presentar el Impuesto sobre Sociedades y las declaraciones periódicas que correspondan.

No damos aquí una cifra de mantenimiento porque depende del volumen y de quién lo lleve, y cualquier número redondo sería inventado. Sí conviene tenerlo en la ecuación: si el ahorro fiscal previsto es pequeño, el coste recurrente se lo come.

Qué encarece de verdad una constitución mal planteada

Ahorrar en la constitución es fácil; el problema es dónde aparece la factura después.

  • Objeto social demasiado estrecho: cada vez que el negocio se mueve hay que modificar estatutos, con junta, escritura e inscripción. Eso cuesta bastante más que haberlo redactado bien.
  • Estatutos de plantilla entre varios socios: cuando aparece el primer desacuerdo, no hay reglas de salida ni de bloqueo. Se resuelve negociando en la peor posición o en los tribunales.
  • Administrador mal elegido: la forma del órgano condiciona quién firma y quién responde, y cambiarla exige otra modificación estatutaria.
  • Capital simbólico sin plan: si la sociedad necesita tesorería, tendrá que financiarse por préstamo del socio o por una ampliación de capital, que tiene su propio coste.

Constituir una SL cuando ya eres autónomo

Es el caso más frecuente: alguien que ya factura y se plantea el salto. Constituir la sociedad no cierra automáticamente tu situación como autónomo, y en muchos casos seguirás cotizando en el RETA como administrador con control efectivo. Es una decisión que se toma con los números delante, y la tratamos en cuándo compensa pasar de autónomo a SL.

Contenido informativo, actualizado a julio de 2026. Los aranceles, tipos y obligaciones cambian con cada reforma: antes de tomar una decisión, contrasta las cifras vigentes o cuéntanos tu caso. No sustituye al asesoramiento jurídico sobre tu situación concreta.

Preguntas frecuentes sobre el coste de crear una SL

¿Se puede crear una SL con 1 euro?

Sí, desde la Ley 18/2022 el capital mínimo es de 1 euro. A cambio, mientras no se alcancen los 3.000 € hay que dotar reserva legal con una parte del beneficio y los socios responden solidariamente de la diferencia si la sociedad se liquida sin patrimonio suficiente. Es legal y a veces razonable, pero tiene un precio en términos de responsabilidad.

¿Los 100 euros de aranceles valen para cualquier SL?

No. Son el tramo reducido del artículo 5.Dos del Real Decreto-ley 13/2010, previsto para la constitución con estatutos tipo y capital de hasta 3.100 €. En la constitución telemática general la referencia del mismo artículo es de 150 € de notaría y 100 € de Registro. Y con estatutos a medida o más capital, ambos se calculan según el arancel oficial en función del capital.

¿El capital social es un gasto?

No. El capital se aporta a la sociedad y se queda en ella para operar: sale de tu bolsillo y entra en la caja de la empresa. El gasto son los aranceles, los honorarios y las tasas.

¿Hace falta abogado para constituir una SL?

No es obligatorio: puede hacerse con estatutos tipo por vía telemática. Tiene sentido cuando hay varios socios, cuando el objeto social no es evidente o cuando la sociedad va a recibir inversión, porque son las decisiones que después cuesta caro cambiar.

¿Cuáles son los pasos para crear una SL?

Siete: certificación negativa de denominación, aportación del capital, redacción de estatutos, escritura ante notario, inscripción en el Registro Mercantil, alta censal con CIF definitivo y, si procede, alta en el RETA del administrador. Por vía telemática desde un PAE, buena parte del circuito se encadena sin que tengas que presentar papeles.

¿Cuesta más constituir una SLU que una SL normal?

No. Los aranceles y los trámites son los mismos. Lo que cambia son las obligaciones: la unipersonalidad debe constar en el Registro y en la documentación de la sociedad, y los contratos entre el socio único y la sociedad han de documentarse.

¿Cuánto se tarda desde que decido crearla hasta que puedo facturar?

Con estatutos tipo y documentación en regla, el circuito telemático permite firmar y presentar en pocos días. Para facturar hace falta además el CIF y el alta censal, así que conviene contar ese tramo al planificar el arranque.

Cuéntanos tu caso y te responde el abogado del área

Nos explicas tu situación y te dice el abogado que la llevaría si es viable, por qué vía y con qué plazos, con presupuesto cerrado antes de empezar.

Por dónde empezar

Si tienes la decisión tomada, el primer movimiento no es ir al notario: es decidir quiénes son los socios, con qué porcentajes, qué va a hacer la sociedad y quién la administra. Con eso resuelto, la parte de aranceles es la más previsible de todo el proceso.

Si en tu caso hay más de un socio o el negocio no encaja en un objeto social estándar, cuéntanoslo antes de firmar nada: revisar los estatutos cuesta una consulta, y modificarlos después cuesta una escritura.

Fuentes

  1. Real Decreto 421/2015, de 29 de mayo, por el que se regulan los modelos de estatutos-tipo y de escritura pública estandarizados de las sociedades de responsabilidad limitada. BOE.
  2. Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas. BOE.
  3. Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, artículo 5.Dos: aranceles de notarios y registradores en la constitución telemática de sociedades de responsabilidad limitada.
  4. Instituto Nacional de Estadística, Estadística de Sociedades Mercantiles, 2025. INE.

Sobre el autor

Retrato de Juan M. Vidal Boso, de NLP Abogados

Juan M. Vidal Boso

Responsable del Área de Derecho Mercantil y de Empresa

Abogado ejerciente · ICA Vigo n.º 4085

Licenciado en Derecho por la Universidad de Vigo y máster en Tributación por el CEF. Más de veinte años asesorando a empresas en constitución de sociedades, reclamación de impagados y operaciones societarias.

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