Fachada institucional y documentación administrativa sobre una mesa de despacho
Derecho administrativo · Bruno Pérez Conde

Cuando el problema es con la Administración, necesitas a alguien que la conozca por dentro.

Bruno Pérez Conde ha asesorado asuntos administrativos complejos en Garrigues, PwC y Deloitte, incluida experiencia ante el Tribunal de Justicia de la UE. Subvenciones, contratación pública, recursos y sanciones.

1 mespara recurrir en alzada o reposición un acto expreso (Ley 39/2015)
2 mesespara acudir al contencioso desde la notificación (LJCA)
3 mesesplazo general para resolver cuando la norma no fija otro (art. 21 Ley 39/2015)
TJUEexperiencia ante el Tribunal de Justicia de la UE
En 30 segundos

Qué es el derecho administrativo y cuándo necesitas un abogado

El derecho administrativo regula tu relación con la Administración: subvenciones, contratos públicos, licencias, sanciones y los recursos frente a sus resoluciones. Necesitas un abogado de derecho administrativo cuando esa relación se tuerce —una ayuda denegada, un contrato perdido, una sanción— y hay plazos cortos que cumplir. Nosotros conocemos la Administración por dentro, desde el otro lado de la mesa.

Nuestras áreas

En qué te defendemos frente a la Administración

Administrativo

Subvenciones y ayudas públicas

Subvenciones públicas de principio a fin: solicitud, justificación, reintegros y recursos.

Administrativo

Contratación del sector público

Licitaciones, recursos especiales y ejecución de contratos públicos, con los plazos siempre delante.

Administrativo

Recursos contencioso-administrativos

Impugnamos resoluciones administrativas ante los tribunales, en todas las instancias.

Administrativo

Sanciones administrativas

Analizamos tu sanción y, cuando hay base, la recurrimos: alegaciones, recursos y vía contenciosa.

Con quién te la juegas

Por qué la Administración, tan grande e impersonal, decide no decidir

La Administración es tan grande y tan impersonal que quien decide siente que no responde de nada. Y cuando un funcionario intuye que una decisión puede acarrearle responsabilidad, muchas veces opta por lo más cómodo: no decidir. Ese no decidir tiene nombre —el silencio administrativo— y te empuja a los tribunales para conseguir algo tan simple como una respuesta.

Frente a esa asimetría, lo que cambia las cosas es conocer tus derechos y tus obligaciones: saber hasta dónde puede llegar la Administración y hasta dónde puedes llegar tú. Por eso conviene ir bien guiado, no improvisar en cada trámite.

Dos recorridos concretos, explicados de principio a fin: el recurso contencioso-administrativo, con sus plazos y su procedimiento, y el reintegro de subvenciones, cuando la ayuda ya cobrada te la reclaman de vuelta.

Lo que deja el terreno a la Administración

  • Presentar la documentación mal o fuera de plazo
  • Licitar sin analizar a fondo el pliego
  • Dejar que el silencio administrativo decida por ti
  • Perder el plazo de un mes para recurrir un acto
  • No saber qué derechos tienes frente a la Administración
Cómo trabajamos

Cómo abordamos un asunto administrativo, paso a paso

Proceso de un asunto administrativo en cuatro fases Fase 1, analizar la resolución y el expediente; fase 2, elegir la vía y controlar los plazos; fase 3, presentar alegaciones o el recurso administrativo; fase 4, acudir a la vía contencioso-administrativa si la Administración no rectifica. 1 2 3 4 Analizar laresolución Vía yplazos Alegacioneso recurso Víacontenciosa
  1. 1. Analizar la resoluciónLeemos el acto y el expediente y te decimos, sin maquillaje, si tiene recorrido.
  2. 2. Vía y plazosElegimos la vía —alegaciones, recurso administrativo o contencioso— y controlamos los plazos, que son cortos.
  3. 3. Alegaciones o recursoPresentamos con rigor; a veces recurrir, aun sabiendo que costará, es la estrategia correcta.
  4. 4. Vía contenciosaSi la Administración no rectifica, acudimos a los tribunales, en la instancia que corresponda.

Cuando el asunto lo permite, buscamos primero el acuerdo con la Administración: si es legal y razonable, evitar el pleito ahorra tiempo y costes. Cuando no, vamos al contencioso sin dudarlo.

Quién lo lleva

Quién lleva tu asunto: Garrigues, PwC, Deloitte y experiencia ante el TJUE

Bruno Ángel Pérez Conde, abogado del área de derecho administrativo de NLP Abogados

«Paciencia, perseverancia y prudencia.»

Bruno Ángel Pérez Conde — Derecho Administrativo

Bruno se formó en grandes firmas —Garrigues, PwC y Deloitte— antes de montar el despacho, y ha intervenido en asuntos ante el Tribunal de Justicia de la UE. Con la Administración es honesto hasta cuando incomoda: te dice las cosas como son, sin maquillaje, y la decisión la tomas tú.

ICA Vigo n.º 2474Abogado ejerciente colegiado
Garrigues, PwC y Deloittetrayectoria en grandes firmas
Experiencia ante el TJUETribunal de Justicia de la Unión Europea
Madrid, Vigo y onlinepresencial o por videollamada

Cuéntanos tu caso y te decimos cómo lo trabajaríamos

Antes de escribirnos

Preguntas frecuentes sobre derecho administrativo

¿Qué es el silencio administrativo y qué puedo hacer?

Cuando la Administración no resuelve en el plazo que tiene, la ley presume una respuesta: es el silencio administrativo. La ley parte de que el silencio es positivo, pero las excepciones son tantas —y tantas leyes sectoriales disponen lo contrario— que en la práctica te vas a encontrar casi siempre con un silencio negativo. No es un vacío: es un acto presunto que puedes recurrir. Muchas veces el silencio no es un descuido, sino que quien decide prefiere no decidir para no asumir responsabilidad, y te empuja a la justicia para obtener una respuesta. Frente a un acto presunto no corre el plazo de un mes propio del acto expreso; valoramos contigo si esperar, recurrir en vía administrativa o acudir al contencioso. Cuándo el silencio te da la razón y cuándo no →

¿Cuánto tarda la Administración en resolver?

Depende del procedimiento. Cuando una norma fija un plazo, rige ese; cuando no lo fija, el plazo general para resolver y notificar es de tres meses (art. 21 de la Ley 39/2015). Agotado el plazo sin resolución expresa, entra en juego el silencio administrativo. Te informamos de los tiempos reales —los de la Administración y los de la Justicia— desde el principio, porque a veces juegan a tu favor y a veces en contra.

¿Qué plazo tengo para recurrir una resolución?

Contra un acto expreso, un mes para el recurso de alzada o el de reposición en vía administrativa (Ley 39/2015), y dos meses para el recurso contencioso-administrativo desde la notificación (LJCA). Los plazos administrativos son cortos y perentorios: un día de más y pierdes el derecho a recurrir. Por eso lo primero que miramos es la fecha de notificación.

¿Cuándo conviene recurrir y cuándo no?

Te lo decimos como es, sin maquillaje, y decides tú. A veces no vale la pena y te lo advertimos; otras, recurrir es lo correcto aun sabiendo que costará tiempo y dinero, porque es la única vía o porque la estrategia lo aconseja. Lo que no hacemos es venderte un recurso que no lleva a ninguna parte.

¿Se puede negociar con la Administración en vez de ir a juicio?

Cuando el asunto lo permite, sí: buscamos el acuerdo extrajudicial si es legal y razonable. No siempre es posible —a veces la Administración prefiere que sea un juez quien le ordene cumplir la legalidad—, pero cuando hay margen, evitar el pleito ahorra tiempo y costes.

¿Qué tipo de asuntos administrativos lleváis?

Sobre todo subvenciones y ayudas públicas, contratación del sector público, recursos contencioso-administrativos y sanciones, además de procedimientos administrativos en la mayoría de materias del derecho administrativo. Trabajamos sobre todo con pymes y empresas que se relacionan con la Administración.

¿Cuánto cuesta un asunto administrativo?

No hay una tarifa única: depende del asunto, de la vía y de si es de cuantía determinada o no. Cerramos los honorarios en la primera consulta con presupuesto cerrado antes de empezar, y te informamos también de los riesgos económicos del procedimiento, como una posible condena en costas si se acude a los tribunales.

Cuéntanos tu asunto con la Administración y te decimos si tiene recorrido

Nos pasas la resolución o el expediente, valoramos la vía y los plazos, y te decimos con honestidad si conviene actuar y cómo, con presupuesto cerrado antes de empezar.

Cuéntanos tu caso

Cuéntanos qué asunto tienes con la Administración y, si puedes, la fecha de la notificación. Te responde el abogado del área, no una centralita, y te decimos si tiene recorrido y por qué vía.

  • Respuesta directa de un abogado administrativista.
  • Te decimos con honestidad si conviene recurrir.
  • Presencial en Madrid y Vigo o por videollamada.

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